JGI. Padre José Acosta.
[51] P. JOSÉ ACOSTA
Nació en Media del Campo (Castilla la Vieja) hacia 1538 y en 1553 tomó la sotana de la compañía de Jesús. Pasó al Perú, donde fue provincial, y permaneció allí 17 años. En el de 1586 estaba en México, como él mismo lo dice en el cap. 3, lib. 7 de su Historia natural y moral de las Indias. Vuelto a España, fue rector de Valladolid, visitador de Aragón y de Andalucía, y rector de Salamanca, donde falleció sexagenario (según Beristáin) el 15 de febrero de 1600. la larga residencia del P. Acosta en ambas Américas le proporcionó ocasión de observar, minuciosamente, todo lo tocante a su historia natural, y a las costumbres de sus habitantes.
La primera obra obra que publicó fue un tomo en 8° titulado: De Natura Novi orbis libri duo et de promulgatione Evangelii apud barbaros, sive de procuranda Indorum salute, libri sex. Salmanticae, apud Guillelmum Foquel, 1589, reimpresa en Colonia, 1596, 12°, y en León (de Francia) 1670, 8°. Siguióse a ésta la Historia natural y moral de las Indias, en la que refundió los dos libros latinos de Natura Novi orbis, teniendo siete la obra castellana: los cuatro primeros escritos en el Perú y los tres restantes en España. La primera edición de esta obra fue hecha en Sevilla en casa de Juan León, 1590, en 4°, y el año siguiente de 1591 se reimprimió en la misma ciudad y en Barcelona, en 4°. De Madrid hay tres ediciones: 1608, en 4°, 1610, en 4° y 1792, en 2 tomos en 8°. Juan Pablo Gallucci la tradujo al italiano, y la imprimió en Venecia en 1596, en 4°. De la traducción francesa hay tres ediciones de París, 1598, 12°, 1606, 8° y 1616, 8°, y de la alemana otras tres: Colonia, 2598, Irsel, 1605, y Francfort, 1617, todas en folio. En inglés se publicó en Londres en 1604, 4°; en holandés en 1598, 4°, y Teodoro de Bry la insertó en latín en la parte IX de su América. Es digno de leerse lo que sobre esta traducción latina y la obra de Acosta en general dice Mr. A. G. Camus en su excelente Mémoire sur la collection des grands et petits voyages (Pa-[52]rís, 1802), pág. 103. esta noticia, sin duda incompleta, de las ediciones y traducciones de la obra del P. Acosta, manifiesta bien la popularidad que alcanzó luego que vio la luz pública y, a pesar del transcurso de dos siglos y medio, aún conserva un lugar preeminente en la biblioteca de todo aficionado. Sin embargo, en estos últimos tiempos se ha formulado contra su autor una acusación de plagio, calificándolo de mero copista (en la parte respectiva) de los MSS. Del P Durán. Este cargo, indicado ya por Torquemada (Monarquía Indiana, tomo 2, p. 120 y 217) y por Pinelo (Biblioteca Occidental, col. 711), provino sin duda de lo que dice Dávila Padilla en su Historia de la fundación y discurso de la provincia de Santiago de México (pág. 814, ed. de 1596), hablando de Fr. Diego Durán: “Vivió muy enfermo y no le lucieron sus trabajos, aunque parte de ellos están ya impresos en la Filosofía natural y moral del P. Josef Acosta, a quien los dio el P. Juan de Tovar.” De este hecho no hay duda, porque así lo confiesa el mismo autor en el cap. 1° del lib. 6° con estas palabras: “De estos autores es uno Polo Ondegardo, a quien comúnmente sigo en las cosas del Pirú; y en las materias de México, Juan de Tovar… sin otros autores graves que por escrito o de palabra me han bastantemente informado de todo lo que voy refiriendo.” Esta sincera confesión parece que excluye la nota de plagiario, pero no ha bastado para que el lord Kingsborough, en su magnífica obra Antiquities of México (tomo 6°, p. 332; tomo 7°, p. 185), deje de acusar al autor de tres delitos literarios de no poca magnitud, a saber: plagio, falta de buena fe en no descubrir el nombre del autor, a quien puede decirse que debía cuanto comprende su obra relativo a la historia antigua de México, y lo que es peor, haber mutilado la propia historia que seguía servilmente, omitiendo el capítulo primero. Para los que conozcan la teoría favorita del lord, bastará decir que en el capítulo suprimido (publicado por el lord), defiende el P. Durán la opinión de los que hacen descender a los americanos de los judíos, y la omisión de una pieza tan favorable a su sistema, debía ser a los ojos del lord un delito imperdonable. Si Acosta hubiera sido editor de las obras de Durán, el cargo sería fundado; pero el mismo hecho de calificarlo de plagiario basta para concederle la facultad de tomar y dejar del texto de Durán lo que le pareciera. Queda sólo de los tres cargos el de plagio, y para poder juzgar en esta causa sería preciso tener a la vista el manuscrito de Durán, a fin de compararlo con la obra de Acosta, quedando siempre a este último el recurso de escudarse con su propia confesión del cap. 1°, lib. 6°. Fuera de los mencionados, [53] aún dejó Acosta los escritos siguientes, según Nicolás Antonio: De Christo revelato, libros IX, imp. Roma, 1490, 4°, León, 1592, 8°, y en Salamanca y Venecia. De Temporibus novisimis, librios VII, imp. con el anterior. Tres tomos de sermones, gravi ac eleganti stilo. Salamanca, 1596; Venecia, 1599; Colonia, 1600, 8°. También ordenó y puso en latín los decretos del tercer concilio limense.
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Tomado de:
Joaquín García Icazbalceta
“Biografías – Estudios”
Editorial Porrúa
Colección “Sepan Cuantos…”, núm. 680, pp. 51-53.
Primera Edición
México, D. F., 1998.
Transcriptor: J. Francisco A. Elizalde
México, Frontera Norte
09 de Noviembre de 2003
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Nota del transcriptor:
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